Formación sobre «Requisitos para tener el voluntariado en regla en Euskadi»

El lunes, 27 de noviembre, realizamos una formación sobre «Los requisitos para tener el voluntariado en regla»  junto a la HEI Escuela abierta de la ciudadanía en el Centro Cívico El Campillo.

En este taller tratamos diferentes temas sobre la actualización del Censo de entidades del Tercer Sector de Euskadi y sobre la Ley vasca del Voluntariado: los derechos y obligaciones de las personas voluntarias y de las organizaciones, recursos de apoyo y asesoramiento para entidades con voluntariado, etc..

A través de esta entrada, os hacemos llegar el material trabajado durante la sesión, algunas de las dudas planteadas en la formación y materiales de apoyo.

¡Muchas gracias a todas las entidades que participasteis!

requisitos-para-tener-el-voluntariado-en-regla-en-euskadi

 

Dudas planteadas:

  • ¿Hasta cuándo existe la obligación de guardar los datos personales de los y las voluntarias?

La fundaciones y asociaciones son sujetos obligados a realizar la prevención de blanqueo de capitales, por lo que según la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, los sujetos obligados deben conservar durante un periodo de 10 años la documentación en que se formalice el cumplimento de las obligaciones establecidas en la ley, procediendo tras el mismo a su eliminación. Transcurridos 5 años desde la terminación de la relación de negocios o la ejecución de la operación ocasional, la documentación conservada únicamente será accesible por los órganos de control interno del sujeto obligado.

  • En el caso de tener contacto habitual con menores, ¿cada cuánto existe la obligación de solicitar el Certificado de carencia de delitos de naturaleza sexual?

Según el Ministerio de Justicia, el Certificado es de validez permanente; es decir, carece de fecha de caducidad, salvo que existan indicios racionales de la posterior comisión de un delito sexual, en cuyo caso será necesaria la renovación. Por ende, será la propia entidad la que marque el criterio.

  • ¿Las asociaciones tenemos la obligación de hacer carnet de acreditación a las personas voluntarias?

No existe obligación, como tal, de realizar un carnet de acreditación, pero puede ser de gran utilidad para las personas que realicen voluntariado en lugares que precisen permiso para acceder, como por ejemplo, los hospitales.

 

Materiales de apoyo:

Los materiales de apoyo utilizados están aquí.

 


Noticias relacionadas