La ley vasca del voluntariado define a las organizaciones de voluntariado como aquellas sin ánimo de lucro que realizan labores de interés general, integradas mayoritariamente por personas voluntarias quienes desarrollan la mayor parte de sus programas de acción. La ley entiende por “actividades de interés general” las asistenciales, de servicios sociales, cívicas, educativas, culturales, científicas, deportivas, sanitarias, de cooperación al desarrollo, de medio ambiente, de economía social, de investigación, de promoción de la participación, de promoción del voluntariado u otras de naturaleza análoga.
Obligaciones de las organizaciones
Según la ley, las principales obligaciones por parte de las organizaciones de voluntariado son las siguientes:
Estatuto Interno del Voluntariado: El voluntariado ha de estar regulado por el denominado Estatuto Interno del Voluntariado o Carta del Voluntariado. En él se contienen los principios y normas que van a inspirar y regular la participación de las personas voluntarias en la entidad. Recoge los derechos y deberes del voluntariado y los criterios de admisión y exclusión. Este documento es diferente a los Estatutos de la organización, en los cuales se regula la participación de socios y socias que, como ya vimos, tienen diferentes derechos y obligaciones que las personas voluntarias.
Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y Accidentes: El voluntariado realiza actividades que pueden comportar riesgo. Por ello, se exige a la entidad que suscriba una póliza que garantice a las personas voluntarias la cobertura por accidentes sufridos durante la acción voluntaria, así como por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar a terceros en el ejercicio de su actividad.
Procesos de atención al voluntariado: Se exige que la entidad establezca mecanismos para que las personas voluntarias puedan participar activamente en la asociación garantizando la información, la formación, la orientación, el apoyo y el seguimiento necesarios para su labor. Es conveniente designar personas de referencia responsables de los procesos de acogida y dinamización del voluntariado.
Cobertura de gastos: La aportación de la persona voluntaria a la organización consiste en el tiempo dedicado a la tarea. Cualquier gasto derivado de la preparación y ejecución de las actividades debe ser asumido por la entidad, cuando así se haya previsto en las condiciones pactadas entre el voluntario y la organización y dentro de los límites previstos en dicho acuerdo.
Registro de altas y bajas: Ha de llevarse registro de las personas que colaboran como voluntarias. La ley da libertad a la hora de gestionar y organizar este registro, pero establece la obligatoriedad de recoger la filiación completa de cada persona voluntaria y su situación de alta o baja con fecha actualizada.
Compromiso escrito entre la organización y la persona voluntaria: Es necesario formalizar la relación entre la persona voluntaria y la entidad para poder exigir los derechos y deberes de cada una de las partes. Se realizará mediante un escrito donde consten los datos de la entidad, los de la persona voluntaria y los términos de la relación entre ambas (dedicación, derechos y deberes, duración del compromiso…).
Expedición de certificados de colaboración voluntaria: Es derecho de la persona voluntaria la constancia pública de la pertenencia o la colaboración con una entidad. La organización expedirá el correspondiente documento a solicitud del voluntario o la voluntaria certificando la existencia de la colaboración, su duración y características.
Cumplir los acuerdos: La organización adquiere el compromiso de respetar cualquier acuerdo escrito o verbal establecido con las personas voluntarias.
¿Tenéis dudas?
Desde Batekin apoyamos a las asociaciones a constituirse como entidades de voluntariado, en la gestión del voluntariado y facilitando el trabajo en red. Si tienes dudas respecto a algunos de estos temas, escríbenos a través del formulario de contacto, estaremos encantadas de acompañaros.
¡Te apoyamos en la difusión!
Si eres una asociación sin ánimo de lucro con programas en los que participan personas voluntarias, y buscas ampliar tu equipo, ¡te echamos una mano! Distinguimos tres tipos de proyectos: estables, urgentes y puntuales.
Consideramos proyectos de voluntariado estables aquellos que se llevan a cabo durante el año o curso escolar y que rara vez sufren variaciones. Puedes solicitar la difusión de cada uno de ellos rellenando el siguiente formulario.
El voluntariado urgente hace referencia a aquel que la entidad necesita con urgencia bien sea para una actividad puntual, o para un programa permanente. Solicita la difusión del proyecto a través del siguiente formulario.
El voluntariado puntual está relacionado con apoyo en carreras solidarias, en eventos de sensibilización… en los que las personas voluntarias se pueden comprometer de forma ocasional. Solicita la difusión del proyecto a través del siguiente formulario.